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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002830

¿Dónde se entienden realizados los servicios accesorios a los transportes (carga y descarga, transbordo, manipulación y servicios similares)?



Cuando el destinatario sea un particular se entenderán realizados en el territorio de aplicación del impuesto, siempre que el servicio se preste materialmente en dicho territorio.

En el caso de que el destinatario sea empresario o profesional se aplica la regla general de tributación en destino.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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