¿Qué obligaciones contables tienen las entidades y fundaciones sin fines lucrativos?
Las entidades sin fines lucrativos deberán llevar libros de contabilidad de acuerdo con el Código de Comercio y de tal forma que permita identificar los ingresos y gastos correspondientes a las rentas y explotaciones económicas no exentas, además el libro de Actas y el libro de Socios y las fundaciones y asociaciones declaradas de “utilidad pública” acogidas a la N.F. 4/2019 deberán elaborar la Memoria económica que la presentarán junto con el Impuesto de Sociedades.
Los libros de contabilidad se diligenciarán en los Registros administrativos del Gobierno Vasco.