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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002713
¿Cómo deben solicitar el NIF las asociaciones sin ánimo de lucro?
Todas las asociaciones sin ánimo de lucro tienen que solicitar el NIF con el mod. 036.
- Las asociaciones sin ánimo de lucro presentarán el acta de constitución (original y copia), original y copia de los estatutos, original y copia del acuerdo de inscripción de la asociación en el registro del gobierno vasco u órgano competente y fotocopia del DNI del representante (presidente, vicepresidente , secretario o tesorero).
- Las asociaciones sin ánimo de lucro declaradas de “Utilidad pública” lo mismo que las anteriores pero además la resolución del Gobierno Vasco u órgano competente de “utilidad pública”.
Si presentan sólo la solicitud de inscripción en el registro de Asociaciones se le emitirá un NIF provisional hasta que traigan el acuerdo de inscripción de la asociación en el registro del Gobierno Vasco u órgano competente, para ello deberán aportar la siguiente documentación junto con el 036:
- copia de acta de constitución,
- copia de estatutos y original y copia del comprobante de presentación ante el registro de asociaciones de Gobierno Vasco u órgano competente de la documentación original citada anteriormente (acta constitución, estatutos….)
- Cumplimentación del 036 para obtener el NIF de las asociaciones
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Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
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