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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002649

¿Cuál es la base y el porcentaje de retención de las rentas de capital mobiliario?



El porcentaje de retención en general es el 19% desde el 1 de enero de 2016. Dicho porcentaje será el 15% desde el 1 de enero de 2019 para los rendimientos del capital mobiliario procedente de la propiedad intelectual cuando el contribuyente no sea el autor y del 24% en el caso de los rendimientos de derecho de imagen (Artículo 89 Decreto Foral 47/2014).

La base de la retención de las rentas de capital mobiliario son las siguientes (artículo 92 Decreto Foral 47/2014 (464 KB), Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas):

  1. En general:
    • La contraprestación íntegra exigible o satisfecha.
    • No se tendrá en consideración a estos efectos la exención prevista en el número 25 del artículo 9 de la Norma Foral del Impuesto (exención de 1.500€ para los dividendos).
  2. En particular:
    1. Activos financieros:

      Amortización, reembolso o transmisión: la diferencia positiva entre el valor de amortización, reembolso o transmisión (sin minorar los gastos accesorios) y el valor de adquisición o suscripción de dichos activos (de acuerdo con la certificación acreditativa de la adquisición).

    2. Contratos de seguro y rentas vitalicias y otras temporales que tengan por causa la imposición de capitales: cuantía a integrar en la base imponible del perceptor.

* Ingresos a cuenta: valoración de la retribución en especie (artículo 102 Decreto Foral 47/2014): valor o coste de adquisición del bien para el pagador x 1,2.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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