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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002635

¿Qué normativa es aplicable a las rentas que están sujetas a retención?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

La normativa aplicable (normativa del Impuesto sobre la Renta o de Sociedades) varía en función de si la persona retenida es persona física o jurídica.

Si la persona retenida es persona física sujeta al IRPF (artículo 81 Decreto Foral 47/2014):

  1. Por la calificación de la renta:
    1. Rendimientos del trabajo.
    2. Rendimientos del capital mobiliario.
    3. Rendimientos de las siguientes actividades económicas:
      • Actividades profesionales.
      • Actividades agrícolas y ganaderas.
      • Actividades forestales.
      • Actividades empresariales previstas en el art. 94.6.2º del Reglamento que determinen su rendimiento neto por el método de estimación objetiva.
    4. Ganancias patrimoniales por transmisiones o reembolsos de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  2. Por el tipo de operación (independientemente de su calificación):
    1. Rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
    2. Rendimientos procedentes de:
      • Propiedad intelectual, industrial o de la prestación de asistencia técnica.
      • Arrendamiento y subarrendamiento de bienes muebles, negocios o minas.
      • Cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen.
    3. Premios en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias (estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios).

Si la persona retenida es persona jurídica o entidad sujeta al IS (artículo 50 Decreto Foral 203/2013): deberá practicarse retención sobre los rendimientos en función del tipo de operación:

  1. Por los cargos de administrador o consejero en otras sociedades.
  2. Del capital mobiliario (incluidas las rentas por la cesión del derecho a la explotación de la imagen).
  3. Por arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
  4. Por transmisiones o reembolsos de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva.
  5. Premios en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias (estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios).
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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