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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002634

¿Qué personas están obligadas a retener?



Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2014

Están obligados a retener (artículos 83 Decreto Foral 47/2014 y 52 Decreto Foral 203/2013):

  1. Residentes:
    1. Las personas jurídicas y las entidades, incluidas aquéllas en régimen de atribución de rentas (como por ejemplo, las comunidades de bienes y de propietarios).
    2. Los empresarios y profesionales, respecto de las rentas que satisfagan o abonen en el ejercicio de las actividades económicas.
  2. No residentes:
    1. Que operen mediante establecimiento permanente.
    2. Si no operan mediante establecimiento permanente, sólo respecto de:
      1. Las rentas del trabajo que satisfagan.
      2. Otras rentas sujetas a retención que constituyan gasto deducible de sus explotaciones económicas.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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