Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002495
No, pues al haber sido la Administración tributaria quien ha puesto de manifiesto a través de las correspondientes liquidaciones esas cuotas devengadas y no repercutidas mayores que las declaradas y tal conducta sea constitutiva de infracción , no procederá la rectificación de las cuotas y la consiguiente repercusión a los clientes.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.