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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002494

Cuando a un arquitecto se le encarga la realización de un proyecto.¿cuándo se entenderá devengado el IVA?



El IVA se devenga en el momento en que se realiza el servicio, es decir, cuando el proyecto se ponga a disposición del cliente. Todo ello salvo la existencia de pagos anticipados, en cuyo caso el IVA se devengará en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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