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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002470

Puede deducirse el IVA soportado en la adquisición de un coche por un empresario que lo destina a la actividad y también para desplazamientos privados?



Sí, es deducible parcialmente en la parte afectada a la actividad. Existe una presunción legal de afectación a la actividad en un 50%, de forma que, si se quiere deducir un porcentaje diferente, el sujeto pasivo o la Administración deben probar una afectación mayor o menor en la actividad, respectivamente.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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