Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002460
Si, ya que aunque la renuncia al régimen simplificado de IVA conlleva la imposibilidad de aplicar el método de estimación objetiva por módulos en el IRPF, la opción o no por el método de estimación objetiva del IRPF no incide para nada en la aplicación o no del Régimen simplificado, pudiendo existir compatibilidad entre el régimen simplificado de IVA y cualquier método de la determinación del rendimiento neto de actividades económicas.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.