www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002459

Contribuyente que ejerce una actividad empresarial a la que resulta de aplicación el régimen especial simplificado, renuncia a la aplicación del mismo. ¿Qué repercusiones tiene esta renuncia?



La renuncia al régimen simplificado en IVA supone en el IRPF la exclusión del régimen de estimación objetiva para toda las actividades empresariales o profesionales del sujeto pasivo.

En cuanto al IVA le obligará a tributar en régimen general por todas las actividades que ejerza susceptibles de tributar por este régimen especial y por el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail