Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002454
En realidad hay dos entregas de bienes, una hecha por la sociedad contratante al comisionista y otra la efectuada por este en el mercado. El IVA de ambas operaciones se devenga el mismo día que coincide con el momento en que el comisionista haya efectuado la entrega de los bienes objeto de contrato en el mercado, es decir, el 20 de febrero de 2013 cuando quien los ha recibido los ha puesto a disposición del adquirente.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.