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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002446

Contribuyente propietario de una relojería donde vende relojes fabricados por otros y además los arregla. ¿Estará incluido en recargo de equivalencia?



Estará incluido en Recargo de Equivalencia por la venta de relojes siempre y cuando no estén elaborados con oro o platino, ni contengan piedras preciosas. En relación a la actividad de arreglarlos no puede estar incluido en el mismo porque no consiste en la venta de bienes muebles o semovientes sino que se trata de una prestación de servicios y tributará en el régimen general.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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