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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002432

Un taxista adquiere de una promotora una plaza de garaje donde guarda el taxi. ¿Tiene derecho a deducir el IVA que soporta en la compra de la plaza?



Los taxista, tanto si tributan en régimen general como en simplificado, pueden deducir la cuota de IVA soportado en la adquisición de la plaza de aparcamiento destinada a ser utilizada exclusivamente por el taxi.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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