Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002413
La referida prestación de servicio está sujeta y exenta del impuesto, ya que se equipara al arrendamiento de vivienda a particulares. Se sigue un criterio finalista de que se está arrendado una vivienda.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.