Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002276
Las personas o entidades a cuyo nombre se efectúe:
La modificación, antes de transcurridos cuatro años desde la primera matriculación definitiva, de las circunstancias o requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción o de exención , dará lugar a la autoliquidación e ingreso del impuesto especial con referencia al momento en que se produzca dicha modificación.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.