Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002240
Un recurso dirigido a Hacienda se puede entregar en:
El plazo para la interposición de este recurso será de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación del acto recurrible. También podrá interponerse a partir del momento en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Tratándose de deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el recurso podrá interponerse durante el periodo voluntario de pago o durante el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de finalización de aquél.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.