Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002193
De acuerdo con lo establecido en el artículo 74 de la NFGT el obligado tributario podrá solicitar la compensación de deudas tributarias con créditos reconocidos a su favor.
Las deudas tributarias cuya compensación puede solicitarse son tanto las que se encuentren en período voluntario de pago como en período ejecutivo .
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.