Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002182
Las deudas que resultan de cobro periódico y notificación colectiva deberán abonarse en los plazos establecidos reglamentariamente (Art. 60 NFGT y Art. 18 del Reglamento de Recaudación).
El plazo de ingreso en periodo voluntario de las deudas de vencimiento periodico y notificación colectiva será del 10 de septiembre al 10 de octubre, o inmediato hábil posterior si el último día de plazo es inhábil.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.