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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002179

¿Cuáles son los plazos en período voluntario para hacer efectivas las deudas tributarias?



Los plazos para el pago de las deudas tributarias en período voluntario de pago son los siguientes:

  • Las deudas resultantes de una autoliquidación, en los plazos que establezca la normativa de cada tributo.
  • Las deudas resultantes de una liquidación practicada por la Administración y las exigibles como consecuencia de la denegación de una solicitud de aplazamiento o fraccionamiento de pago, de compensación a instancia de parte, de dación de bienes o derechos en pago de deuda o de suspensión del procedimiento recaudatorio, en el plazo de un mes desde la fecha de notificación.
  • Las deudas resultantes de liquidaciones de cobro periódico y notificación colectiva, en los plazos que se establezcan reglamentariamente.
  • Las deudas que deban abonarse mediante efectos timbrados, en el momento de la realización del hecho imponible, si no se dispone otro plazo en su normativa específica.
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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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