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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002125

Una persona vende unas acciones que le producen una ganancia neta de patrimonio de 1.000 € y además tiene una pérdida neta de patrimonio por la venta de un inmueble ¿puede compensar las ganancias y las pérdidas?



Sí, porque ambas variaciones patrimoniales forman parte de la base del ahorro: se integrarán y compensarán, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas por la transmisión de elementos patrimoniales. Si el resultado de la integración y compensación arrojase saldo negativo, su importe sólo se podrá compensar con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales que se pongan de manifiesto durante los cuatro años siguientes.

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 66 NF 13/2013


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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