Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900002125
Sí, porque ambas variaciones patrimoniales forman parte de la base del ahorro: se integrarán y compensarán, exclusivamente entre sí, en cada período impositivo, las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas por la transmisión de elementos patrimoniales. Si el resultado de la integración y compensación arrojase saldo negativo, su importe sólo se podrá compensar con el saldo positivo de las ganancias y pérdidas derivadas de la transmisión de elementos patrimoniales que se pongan de manifiesto durante los cuatro años siguientes.
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 66 NF 13/2013
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.