Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001911
A la fecha de devengo del impuesto (31 de diciembre) la edad del contribuyente no es inferior a 36 años, y por ello solo podrá deducir el 20% del importe satisfecho por alquiler. (*)
Si hubiera cumplido por ejemplo 35 años, si tendría derecho a un porcentaje de deducción del 35%.
(*) Hasta el 31/12/2024, la deducción por edad era hasta los 30 años el 25%, con límite de 2.400€.
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 86 NF 13/2013 de IRPF
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.