Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001908
En tributación conjunta
18.000 x 35% = 6.300 (superior a 2.400 € establecidos como límite de deducción). El importe deducible será de 2.400 €. (*)
En tributación individual
El contribuyente menor de 36 años: 9.000 x 35% = 3.150 (superior a 2.800€ establecidos como límite de deducción). El importe deducible será de 2.800 €. (Tributación individual).
El contribuyente mayor de 36 años: 9.000 x 20% = 1.800 (superior a 1.600€ establecidos como límite de deducción). El importe deducible será de 1.600 €. (Tributación individual).
(*) Hasta el 31/12/2024, aparte de la deducción general del 20% (límite de 1.600€), estaban las deducciones para menores de 30 años (30% y 2.400€ de límite) y la de familias numerosas (25%, con límite de 2.000€).
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 86 NF 13/2013 de IRPF
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.