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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001893

Un contribuyente se traslada a vivir a una residencia. ¿Se puede deducir por alquiler de vivienda las cantidades abonadas mensualmente a la residencia?



No. Si atendemos al contrato, observamos que no se trata de un contrato de arrendamiento de vivienda sino un contrato de arrendamiento de servicios, por lo que jurídicamente no cabe deducción por ese concepto.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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