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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001816

Un contribuyente ha aportado a su partido político 360€ durante el ejercicio. ¿Podrá aplicarse la deducción por aportaciones a partidos políticos?



Será deducible el 20% de la cuota de afiliación y aportación a partido político si no han sido deducidas como gasto de trabajo.

Para poder aplicar esta deducción, es necesario que los contribuyentes se encuentren incluidos en la declaración informativa correspondiente (Modelo 182).

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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