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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001815

Una contribuyente trabaja por cuenta ajena y paga anualmente 100€ por las cuotas del colegio de ingenieros ¿Tiene derecho a practicarse deducción por las mismas?



No, esta contribuyente no tiene derecho a deducirse las cuotas que paga al colegio de ingenieros. Únicamente son deducibles las cuotas satisfechas a los sindicatos de trabajadores y/o las cuotas o aportaciones a partidos políticos.

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Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 93 NF 13/2013 IRPF

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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