Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001812
Respuesta válida aplicando la normativa vigente desde: 01/01/2019
Si, la base de la deducción, es decir, el importe de los donativos no podrá exceder del 35% de la base imponible de este impuesto.
Respuesta válida aplicando la normativa vigente hasta: 31/12/2018
Si, la base de la deducción, es decir, el importe de los donativos no podrá exceder del 30% de la base liquidable de este impuesto.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.