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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001800

¿ A qué entidades se puede hacer donativos y ser deducibles por los mismos?



Los contribuyentes del IRPF podrán aplicar las deducciones previstas para este Impuesto en las Normas Forales reguladoras del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

La deducción por donativos no sólo será de aplicación a aquellas cantidades destinadas a entidades sin fines lucrativos a las que resulte de aplicación la Norma Foral 4/2019, de 20 de marzo, (1/2004, de 24 de febrero hasta 01.01.19), sino también a las destinadas a entidades que reúnan los requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 de la citada Norma Foral 4/2019 (1/2004 hasta 01.01.19) y que apliquen cualquiera de los regímenes especiales de Fundaciones y Mecenazgo.

Por tanto, las aportaciones realizadas a entidades sin fines lucrativos de ámbito estatal serían deducibles por contribuyentes vizcaínos.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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