www.bizkaia.eus/guregida
Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001790
¿En qué supuestos se aplica la deducción por participación de trabajadores en la empresa?
Tipo de deducción: Los contribuyentes aplicarán esta deducción sobre las cantidades satisfechas en metálico en el periodo impositivo, destinadas a la adquisición o suscripción de acciones o participaciones en la entidad donde prestan sus servicios.
Requisitos:
- Valores no cotizados: Los valores adquiridos no pueden estar admitidos a negociación en mercados regulados.
- Tamaño de la entidad: Las entidades deben ser micro, pequeñas o medianas empresas, PYMES
- Aplicación en grupos de sociedades: Si existe un grupo según el artículo 42 del Código de Comercio, la deducción también se aplicará a las acciones o participaciones de cualquier sociedad del grupo que cumpla los requisitos anteriores.
- Oferta a todos los trabajadores: La adquisición debe proceder de una oferta dirigida a todos los trabajadores, en igualdad de condiciones y sin discriminación.
- Límite de participación del trabajador y familiares: El trabajador, junto con su cónyuge o pareja de hecho y familiares hasta el cuarto grado, no puede tener una participación directa o indirecta superior al 5 % en la entidad o en cualquier otra del grupo.
- Permanencia mínima de cinco años: Las acciones o participaciones deben mantenerse durante al menos cinco años. Si se incumple:Se deben reintegrar las deducciones aplicadas indebidamente, con intereses de demora.
- Aportaciones en cooperativas: Para cooperativas, las aportaciones deben ser obligatorias, conforme a la Ley 11/2019 de Cooperativas de Euskadi.
Más información
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.
Volver