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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001731

¿Si en varias de las actividades que ejerzo determino el rendimiento por la modalidad de Estimación Directa Simplificada, puedo renunciar por una o alguna de ellas a esta modalidad, manteniendo este la modalidad de Estimación Directa Normal para el resto?



No, tanto la opción como la revocación al método de estimación directa simplificada lo será para el conjunto de todas las actividades susceptibles de estar acogidas a este régimen.

No obstante, cuando una actividad se inicie durante el año la revocación efectuada no tendrá efectos, para ese año, con respecto a esta actividad.

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. DA única del Decreto foral 202/2013, de 23 de diciembre.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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