Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001713
Cuando la persona con discapacidad presente declaración por el IRPF podrá optar entre aplicarse en su totalidad la deducción o que se la practique en su totalidad el contribuyente de quién dependa. En el caso de que se opte por esta segunda posibilidad y la persona con discapacidad dependa de varios contribuyentes, la deducción se prorrateará y practicará por partes iguales por cada uno de estos contribuyentes.
A partir del ejercicio 2014 y de acuerdo con la NFGT, la opción ejercitada para un periodo impositivo podrá ser modificada, hasta la fecha de finalización del período voluntario de la declaración del impuesto o hasta la fecha que se practique la liquidación provisional por parte de la Administración tributaria, si esta fuera anterior.
Si el discapacitado presenta declaración, ¿Quién podrá practicar la deducción?
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.