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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001710

A una persona le expropian un terreno. Se inicia el expediente de expropiación el 5-9-1999. El 5-7-2003 se fija el justiprecio y la Administración le paga el 4-4-2009. Además le pagan 110.000 € en concepto de intereses por la demora en la tramitación del expediente y fijación de justiprecio (desde 5-9-1999 hasta el 5-7-2003) y 70.000 € por la demora en el pago del justiprecio. ¿Cómo tributan los intereses?



Respecto a los intereses por la demora en la tramitación del justiprecio, 110.000 € se puede entender que forman parte del justiprecio incrementando su importe.

Los intereses de demora desde que fue fijado el justiprecio hasta el abono serán ganancia patrimonial integrándose en la base del ahorro.


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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