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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001682

Un matrimonio, convive con la suegra y ésta no obtiene ingresos. El suegro es discapacitado y está ingresado en una residencia cuyos gastos son sufragados por dicho matrimonio. El suegro obtiene una pensión de incapacidad permanente absoluta de 20.000 € anuales y no presenta declaración. En la declaración conjunta del matrimonio, ¿Podrán deducirse al suegro y a la suegra como ascendientes?



Sí, ambos son deducibles como ascendientes en la declaración conjunta del matrimonio, ya que la pensión percibida por los suegros está exenta y los gastos de estancia en el centro residencial es satisfecho por el matrimonio.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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