Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001676
Las rentas las tiene que declarar la propia herencia pendiente del ejercicio del poder testatorio salvo que esté nombrada una persona como usufructuaria de la herencia.
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 12.6 de la NF 13/2013 de IRPF
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.