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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001663

En 2001 una persona adquirió un inmueble. Terminó de rehabilitarlo en 2003 e hizo la escritura de rehabilitación de la construcción en 2006. Ha transmitido la vivienda en 2006 ¿puede computar como fecha de la rehabilitación la correspondiente a la certificación de fin de obra, o debe tomar en cuenta la fecha de formalización de la escritura?



Sólo podrá tomar 2003 como fecha de realización de las obras de rehabilitación, en la medida en que pueda acreditar, por cualquier medio de prueba admitido en derecho, que las mismas se llevaron a cabo en aquel ejercicio. En ausencia de prueba, se debería tomar como fecha de la mejora la de formalización de la escritura de rehabilitación (de 2006).

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Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 44 y 45 de la NF 13/2013 de IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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