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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001661

Si se produce el fallecimiento del pagador o del perceptor de las anualidades por alimentos a los hijos, ¿tiene algún efecto en los límites establecidos en la Norma Foral de IRPF?



Cuando en el período impositivo fallezca el pagador o la persona que genere el derecho a la deducción, la determinación de las circunstancias personales y familiares que deban tenerse en cuenta a efectos de la aplicación de las deducciones familiares y personales, se realizará atendiendo a la situación existente en la fecha de fallecimiento de dicha persona, sin que se reduzca la deducción proporcionalmente hasta dicha fecha, por lo que no tendrá ningún efecto en los límites máximos anuales establecidos en dicho artículo.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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