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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001646

Un contribuyente por decisión judicial a lo largo del ejercicio ha pagado por abono de anualidades por alimentos al hijo 4.500€. El hijo en dicho periodo ha obtenido rentas superiores al salario mínimo interprofesional. ¿Podrá aplicarse el padre la deducción por abono de anualidades por alimentos?



Sí, el contribuyente a pesar de que el hijo percibe en ese ejercicio rentas superiores al salario mínimo interprofesional, tiene derecho a aplicarse una deducción del 15% de las cantidades abonadas por este concepto, con el límite, para cada hijo, del 30% del importe que corresponda de la deducción por descendientes para cada uno de ellos.

Aunque no se puede aplicar la deducción por el hijo, se podrá practicar la deducción por abono de anualidades por alimentos a los hijos.

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 80 NF 13/2013 IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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