Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001642
Dentro de los gastos derivados de la utilización de financiación ajena que dan derecho a deducción por adquisición de vivienda habitual se encuentran las primas de los seguros de vida que las entidades financieras acostumbran a incluir, entre las condiciones de concesión de los préstamos hipotecarios, en los cuales el tomador y asegurado es el prestatario, y el beneficiario la entidad de crédito. No obstante, estas primas no forman parte del valor de adquisición de la vivienda que ha de tomarse en cuenta de cara al cálculo de la variación patrimonial derivada de la posterior transmisión del inmueble.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.