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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001628

Una persona compra un piso por un importe de 180.000 € y este valor se revisa por la Sección de Transmisiones, en un valor de 200.000 €. Posteriormente ese piso se transmite por un valor superior. ¿Qué valor será el de adquisición?



El valor de adquisición será el de 180.000 € que es valor real de adquisición incrementado si cabe por el resto de conceptos aplicables como mayor valor de adquisición (impuestos que gravan la compra-incluido lo pagado por la revisión del valor en transmisiones-, etc.).

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Arts. 44 y 45 de la NF 13/2013 de IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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