Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001618
El valor de adquisición se actualizará mediante la aplicación de los coeficientes, que se aprueban reglamentariamente, atendiendo, principalmente a la evolución del IPC.
Los coeficientes de actualización se aplicarán, asimismo, al resto de las partidas que rectifican el valor de adquisición, aplicando los coeficientes de los años en que se producen las operaciones de que se trate.
Cuando se determine el importe de las ganancias o pérdidas patrimoniales por la aplicación de las normas específicas de valoración establecidas en el artículo 47 de la Norma Foral 13/2013 del Impuesto, resultarán de aplicación los coeficientes de actualización en los términos del artículo 45 de la citada Norma Foral correspondientes a los años en que se produzcan los importes positivos y negativos a tener en cuenta para el cálculo del valor de adquisición.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.