Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001592
No. En estos casos el beneficiario es persona distinta del contratante, por lo que se encuentra sujeta al impuesto sobre sucesiones y donaciones. El artículo 8 de la Norma Foral de IRPF dispone que no estarán sujetas al impuesto las rentas que se encuentran sujetas al impuesto sobre sucesiones y donaciones.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.