Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001587
Para los herederos la fecha de adquisición de las participaciones en el fondo de inversión será la del fallecimiento del causante y no la de la aceptación de la herencia. El valor de adquisición será el que corresponda por la aplicación de las normas del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.