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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001585

¿Cuál es la tributación de los fondos garantizados?



Primero deberemos conocer si se trata de un fondo garantizado con garantía interna o al fondo o con garantía externa o al partícipe.

Entendemos por garantía interna aquella que si al vencimiento del fondo no se llega al valor garantizado, la entidad garante abona en la cuenta corriente del fondo la diferencia hasta llegar al importe garantizado.

Entendemos por garantía externa aquella que si al vencimiento no se llega al valor garantizado, la entidad garante abona a cada partícipe la diferencia hasta llegar al importe garantizado.

Si la garantía es interna o al fondo, las participaciones de un fondo de inversión garantizado tributarán conforme al régimen general de ganancias o pérdidas patrimoniales).

Si la Garantía es externa o al partícipe, la cantidad satisfecha adicionalmente para compensar al partícipe tendrán la consideración de rendimiento de capital mobiliario.

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Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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