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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001557

Un padre avala un préstamo concedido por un Banco a su hijo. No habiendo atendido el pago del mismo a su vencimiento, la entidad financiera le ha exigido el pago del mismo. Tratamiento fiscal.



  1. Si el padre era un avalista con responsabilidad subsidiaria con el deudor: es suficiente con que la entidad financiera declare fallido al deudor para que el padre pueda ponerse una pérdida patrimonial de la Base General por la cantidad que ha tenido que satisfacer.
  2. Si el padre era un avalista con responsabilidad solidaria con el deudor: para que pueda imputarse una pérdida de patrimonio se exige que el deudor haya sido declarado fallido por resolución judicial.
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Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 40 de la NF 13/2013 de IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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