Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001546
En caso de baja, el socio de una cooperativa tiene derecho a la devolución de sus aportaciones, en los términos que recoge la legislación. La baja, y consiguiente devolución de las aportaciones, supone una alteración en la composición del patrimonio del contribuyente que, si determina una variación en su valor, da lugar a una ganancia o pérdida patrimonial sujeta al IRPF.
En relación con el valor de reembolso, éste procede de corregir el importe de las aportaciones al capital realizadas por el socio en el de las variaciones producidas hasta su baja en la cooperativa.
En particular, el importe recibido es el resultado de:
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.