www.bizkaia.eus/guregida

Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001545

Tratamiento que se da a la cantidad percibida por un socio de una sociedad civil de profesionales con motivo de su separación de la misma para continuar ejerciendo la actividad en solitario.



Al socio que decide separarse de la sociedad se le genera una ganancia o pérdida patrimonial afecta, al tratarse de una renta derivada de la actividad profesional por él ejercida. Por lo tanto, deberá incluir estas rentas en su declaración junto con los restantes rendimientos imputados por su actividad profesional, sin que resulten aplicables las normas que regulan las ganancias y pérdidas patrimoniales de IRPF, sino las del Impuesto de Sociedades.

Más información


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

Volver

 

enviar por e-mail