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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001520

Realizo una actividad económica y deseo imputar los ingresos y gastos en el momento de realizarse los cobros y pagos correspondientes. ¿Qué requisitos debo cumplir y que trámites debo realizar?



El contribuyente debe aplicar para la determinación de su rendimiento neto la modalidad simplificada del método de estimación directa.

Además debe cumplir los siguientes requisitos:

  • No debe originar alteración alguna en la calificación fiscal de los ingresos o gastos.
  • El contribuyente debe manifestar su deseo de aplicar el criterio de “cobros y gastos” al presentar la correspondiente declaración.
  • En ningún caso el cambio de criterio de imputación temporal debe dejar algún gasto o ingreso sin computar.
  • El criterio de imputación debe ser el mismo para todos los ingresos y gastos de la actividad económica a la que se aplique el criterio.

El criterio de cobros y pagos se entenderá aprobado por la administración tributaria por el solo hecho de así manifestarlo en la correspondiente liquidación y deberá mantenerse durante un plazo mínimo de tres años.

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 57.2.c de la NF 13/2013 de 5 de diciembre


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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