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Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001507

He comprado Letras del Tesoro, ¿cómo tengo que declararlas y cuándo deben declararse, en el año de la suscripción o en el de amortización?



Las Letras del Tesoro son valores de deuda pública emitidos al descuento, cuyo rendimiento debe imputarse al ejercicio en que se produzca su transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión. El importe del rendimiento sujeto a gravamen vendrá dado por la diferencia existente entre el valor de transmisión, reembolso, amortización, canje o conversión de las Letras, y su valor de adquisición o suscripción.

A estos efectos, los gastos y comisiones accesorios a la adquisición y/o enajenación abonados por el contribuyente se restan del rendimiento bruto por él obtenido, siempre y cuando se justifiquen adecuadamente. Finalmente, cabe señalar que el rendimiento (de capital mobiliario) derivado de las Letras del Tesoro se encuentra exento de retención (pero no de gravamen).

Enlaces

Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Arts. 33, 35.3 y 65.b de la NF 13/2013 de IRPF


Nota

Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.

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