Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001506
No se debe computar ganancia ni pérdida alguna, siempre y cuando no se ponga a disposición del contribuyente el importe de la transmisión por cualquier medio. Las nuevas participaciones subscritas conservarán el valor y fecha de las transmitidas.
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 48 de la NF 13/2013 de IRPF
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.