Preguntas frecuentes Nº Identificación: 900001503
En el caso planteado, si sólo uno de los socios trabaja efectivamente en la sociedad, en el sentido de que únicamente él interviene de forma habitual, personal y directa en la ordenación por cuenta propia de los medios de producción y recursos humanos afectos a la actividad, solamente éste se atribuirá bases en concepto de rendimientos de actividades económicas.
Para el resto de los socios, las cantidades a ellos atribuidas tendrían la consideración de rendimientos del capital mobiliario deducibles para la sociedad.
Normativa aplicable desde: 01/01/2014. Art. 11,12 y 24 de la NF 13/2013
Nota
Esta Pregunta-Respuesta carece de efectos vinculantes para la Hacienda Foral de Bizkaia, teniendo el carácter de mera información.